• Todo Sobre el Control Interno
  • Beneficios de Implementar el Sistema de Control Interno
  • Triple A del Control Interno
  • Roles de los Responsables del Control Interno
  • Boletin Institucional de la Contraloria General de la Republica (Nov. 2015)
  • Comments are closed.

    Close Search Window

    Ingresa tu denuncia de corrupción

    Si necesitas denunciar un posible acto de corrupción o falta de ética cometida por personal de una entidad del Estado

    Ingresa tu queja o denuncia ciudadana

    Para reportar situaciones en el distrito: convivencia, servicios, obras, seguridad u otros temas de interés ciudadano.

    Aplicación móvil en desarrollo

    Estamos desarrollando una aplicación móvil para mejorar tu experiencia. ¡Pronto estará disponible!

    ¡Mantén tu ciudad limpia!

    Nuestro equipo de Basura y Reciclaje está listo para recoger y cuidar el medio ambiente. ¡Contamos contigo!

    Anexo: 6302

    (01) 2196200

    ¿Necesitas ayuda urgente?

    Nuestro equipo de Bomberos está siempre listo para responder a cualquier emergencia. ¡Estamos aquí para protegerte y salvaguardar lo que más importa!

    Sede

    Av. José Gálvez No. 315

    (01) 5483961

    ¿Necesitas ayuda urgente?

    Nuestro equipo de Serenazgo y Ambulancia está listo para atenderte rápidamente. ¡Estamos aquí para protegerte y ayudarte!

    Sede

    C. Los Rosales - Copacabana

    (01) 2196220

    Modalidad D

    • Construcción de edificaciones para fines de industria.
    • Edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto cuenten con más de 30,000 m2 de área techada.
    • Edificaciones para mercados que cuenten con más de 15,000 m2 de área techada.
    • Locales de espectáculos deportivos de más de 20,000 ocupantes.
    • Edificaciones para fines educativos, salud, hospedaje, establecimientos de expendio de combustibles y terminales de transporte.

    Modalidad C

    •  Construcción de edificaciones para fines de vivienda multifamiliar, quinta o condominios, que incluyan vivienda multifamiliar de más, de cinco (05) pisos o de 3,000 m2 de área techada.
    • Edificaciones para fines diferentes de vivienda a excepción de las previstas en la Modalidad D.
    • Edificaciones de uso mixto con vivienda.
    • Las edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto cuenten con un máximo de 30,000 m2 de área techada.
    • Edificaciones para mercados con un máximo de 15,000 m2 de rea techada.
    • Locales para espectáculos deportivos de hasta 20,000 ocupantes.
    • Demoliciones totales de edificaciones con más de cinco (05) pisos, o que requieran uso de explosivos.
    • Todas las demás edificaciones que no se encuentren contempladas en las modalidades A, B y D.

    Modalidad B

    • Construcción de edificaciones para fines de vivienda unifamiliar, multifamiliar, quinta o condominios de vivienda unifamiliar y/o multifamiliar no mayores a cinco (5) pisos y no mayores de 3,000 m2 de área construida.
    • Construcción de cerco, en inmuebles bajo régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad común.
    • Ampliación o remodelación, con modificación estructural, aumento de área techada o cambio de uso (la demolición existente debe contar con licencia de construcción).
    • Demolición total de edificaciones hasta cinco (05) pisos de altura, con semisótanos o sótanos, y que no requiera uso de explosivos.

    Modalidad A

    • Construcción de vivienda unifamiliar de hasta 120 m2 construidos.
    • Ampliación de una vivienda unifamiliar, y la sumatoria del área techada no supere los 200 m2.
    • Remodelación de una vivienda unifamiliar sin modificación estructural, ni cambio de uso ni aumento de área techada.
    • Construcción de cercos de las de 20 metros de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen de propiedad exclusiva y de propiedad común.
    • Demolición total de edificaciones menores de tres (3) pisos, sin semisótano ni sótano y no se haga uso de explosivos.
    • Obras de carácter militar de las Fuerzas Armadas y las de carácter policial de la Policía Nacional del Perú.