Gerencia de Prevención

Subgerencia de Programas Alimentarios

La Subgerencia de Programas Alimentarios es la unidad orgánica encargada de programar, ejecutar y controlar los programas sociales y la promoción de los derechos del niño, adolescente, mujer, adulto mayor y las personas discapacitadas, así como los servicios para la prevención, rehabilitación y lucha contra las drogas. Depende de la Gerencia de Prevención.

En merito a las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, la Gerencia de Salud desarrolla diversas acciones, actividades y proyectos, a fin de cumplir con las metas y objetivos institucionales.

  • a) Formular, proponer e implementar normas para los programas sociales, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y local.

 

  • b) Ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propios y transferidos, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y local.

 

  • c) Programar, ejecutar y controlar los programas de vaso de leche, alimentación complementaria y similares, de acuerdo con las normas legales vigentes.

 

  • d) Coordinar las acciones necesarias para el mantenimiento y buen funcionamiento de las instalaciones de comedores populares, clubes de madre, vaso de leche y demás infraestructuras.

 

  • e) Mantener actualizada la información respecto a los padrones sociales y familiares de los beneficiarios de los programas alimentarios.

 

  • f) Implementar y controlar las acciones necesarias para la protección, participación y organización de los vecinos con discapacidad, de acuerdo con la normativa de la materia.

 

  • g) Promover y concertar la cooperación pública y privada en los distintos programas alimentarios locales.

 

  • h) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión y vigilancia de los programas alimentarios, así como de apoyo a la población en riesgo.

 

  • i) Establecer canales de comunicación y cooperación entre los vecinos y los programas alimentarios.

 

  • j) Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.

 

  • k) Las demás que le asigne el/la Gerente de Prevención en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

Programa Vaso de Leche

El Programa del Vaso de Leche (PVL), es un programa social creado en enero del año 1985 mediante la Ley Nº 24059 y complementada con la Ley Nº 27470, a fin de ofrecer una ración diaria de alimentos a una población considerada vulnerable, con el propósito de ayudarla a superar la inseguridad alimentaria en la que se encuentra.

Beneficiarios

0

Contamos con un total de 16,947 beneficiarios que pertenecen al programa vaso de leche.

Centro de acopio

0

Contamos con 23 centros de acopios (centro de distribución) en todo el distrito

Comités

0

Contamos con 457 comités de vaso de leche.

Canasta alimentaria

Mezclas de Hojuelas de avena, quinua, Kiwicha, cebada, Cañihua con mezcla de harinas de linaza y chía precocidas enriquecidas con vitaminas y minerales (500 gr)

Leche evaporada entera (410 ml)

Ración alimentaria

21,4 gr – Mezclas de Hojuelas de avena, quinua, Kiwicha, cebada, Cañihua con mezcla de harinas de linaza y chía precocidas enriquecidas con vitaminas y minerales.

48 ml – Leche evaporada

Alcalde:

Sr. Rennan Samuel Espinoza Rosales

 

Subgerencia de Programas Alimentarios:

Tres representantes de las Organizaciones Sociales de Base: Sra. Juana María Echevarría Zapata de Villar

Sra. Jackeline Aguirre Garria Sra. Vicky Rubina Agurto

 

Ministerio de Salud:

Lic. Nut- Carmen Piñas Ynga

Asoc. De Productores Agropecuarios María Salomé Gamarra Jihuaña

 

Normativa: Ley 27470

Programa de Complementación Alimentario - Comedores Populares

Los comedores populares peruanos surgieron en las décadas de 1960 y 1970 como una estrategia de supervivencia en zonas urbanas. Actualmente, dentro del Programa de Complementación Alimentaria (PCA), se han convertido en organizaciones sociales de base que, en alianza con el Estado, ofrecen alimentos a bajo costo a poblaciones vulnerables.

Arroz, Aceite Vegetal, Menestras:(Frijol Castilla, Frijol Panamito, Pallar, Frijol Canario, Lenteja, Frijol Negro), Proteína Animal: (Huevo, Conserva De Anchoveta Entera En Salsa De Tomate, Mondongo Congelado, Pierna De Pollo Congelada, Pollo Congelado, Pulmón Congelado Y Medallones De Pavita).

Contamos con 7 centros de acopio

Comedores Populares
0
Hogares y Albergues
0
Adulto en riesgo
0
Beneficiarios
0
Normativa: Resolución ministerial N°041-2022 – MIDIS.

Programa de Complementación Alimentario - Ollas Comunes

Las ollas comunes son una iniciativa comunitaria en Perú para atender las necesidades alimentarias de poblaciones en pobreza y pobreza extrema, especialmente durante la crisis alimentaria causada por la pandemia de COVID-19. En Puente Piedra, se fortaleció este mecanismo con la aprobación de la Ordenanza Municipal N°389/MDPP el 30 de noviembre de 2020, que estableció su reconocimiento y registro municipal durante el estado de emergencia nacional.

Arroz, Hojuelas De Avena Con Quinua, Hojuelas De Avena Con Kiwicha, Lenteja, Arveja Partida, Fideos, Aceite Vegetal, Azúcar Rubia, Conserva De Pescado En Aceite Vegetal, Producto Lácteo Reconstituido.

Centros de Acopio
0
Ollas Comunes
0
Beneficiarios
0

Planes por Desarrollarse por la Subgerencia de Programas Alimentarios

Talleres de Elaboración de Productos Alimenticios "Mujeres de Hierro"

El programa ‘Mujeres de Hierro’ en Puente Piedra capacitará a más de 2,500 mujeres en la elaboración de productos alimenticios seguros, nutritivos y rentables. A través de talleres prácticos y charlas sobre alimentación balanceada y emprendimiento, las participantes aprenderán a producir una gran variedad de alimentos como néctares, conservas y mermeladas a base de más de 20 frutas y verduras sin preservantes y conservantes.

Talleres de Elaboración de Productos Alimenticios "Mujeres de Hierro"

El programa ‘Mujeres de Hierro’ en Puente Piedra capacitará a más de 2,500 mujeres en la elaboración de productos alimenticios seguros, nutritivos y rentables. A través de talleres prácticos y charlas sobre alimentación balanceada y emprendimiento, las participantes aprenderán a producir una gran variedad de alimentos como néctares, conservas y mermeladas a base de más de 20 frutas y verduras sin preservantes y conservantes.

Plan de Alimentación Saludable y Balanceada "Rennán te Nutre"

El plan busca fomentar la alimentación saludable y balanceada en Puente Piedra, mejorando la salud y bienestar de niños, jóvenes y adultos, y reduciendo problemas como el sobrepeso, la obesidad y la anemia. Para ello, se implementarán talleres de cocina y demostraciones prácticas en alianza con el Instituto SISE, utilizando su aula de alta cocina.

 

Las actividades incluyen:

El plan cuenta con más de 100 recetas para beneficiar a toda la población del distrito.

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Aplicación móvil en desarrollo

Estamos desarrollando una aplicación móvil para mejorar tu experiencia. ¡Pronto estará disponible!

¡Mantén tu ciudad limpia!

Nuestro equipo de Basura y Reciclaje está listo para recoger y cuidar el medio ambiente. ¡Contamos contigo!

Anexo: 6302

¿Necesitas ayuda urgente?

Nuestro equipo de Bomberos está siempre listo para responder a cualquier emergencia. ¡Estamos aquí para protegerte y salvaguardar lo que más importa!

Sede:

¿Necesitas ayuda urgente?

Nuestro equipo de Serenazgo y Ambulancia está listo para atenderte rápidamente. ¡Estamos aquí para protegerte y ayudarte!

Sede:

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Modalidad D

  • Construcción de edificaciones para fines de industria.
  • Edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto cuenten con más de 30,000 m2 de área techada.
  • Edificaciones para mercados que cuenten con más de 15,000 m2 de área techada.
  • Locales de espectáculos deportivos de más de 20,000 ocupantes.
  • Edificaciones para fines educativos, salud, hospedaje, establecimientos de expendio de combustibles y terminales de transporte.

Modalidad C

  •  Construcción de edificaciones para fines de vivienda multifamiliar, quinta o condominios, que incluyan vivienda multifamiliar de más, de cinco (05) pisos o de 3,000 m2 de área techada.
  • Edificaciones para fines diferentes de vivienda a excepción de las previstas en la Modalidad D.
  • Edificaciones de uso mixto con vivienda.
  • Las edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto cuenten con un máximo de 30,000 m2 de área techada.
  • Edificaciones para mercados con un máximo de 15,000 m2 de rea techada.
  • Locales para espectáculos deportivos de hasta 20,000 ocupantes.
  • Demoliciones totales de edificaciones con más de cinco (05) pisos, o que requieran uso de explosivos.
  • Todas las demás edificaciones que no se encuentren contempladas en las modalidades A, B y D.

Modalidad B

  • Construcción de edificaciones para fines de vivienda unifamiliar, multifamiliar, quinta o condominios de vivienda unifamiliar y/o multifamiliar no mayores a cinco (5) pisos y no mayores de 3,000 m2 de área construida.
  • Construcción de cerco, en inmuebles bajo régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad común.
  • Ampliación o remodelación, con modificación estructural, aumento de área techada o cambio de uso (la demolición existente debe contar con licencia de construcción).
  • Demolición total de edificaciones hasta cinco (05) pisos de altura, con semisótanos o sótanos, y que no requiera uso de explosivos.

Modalidad A

  • Construcción de vivienda unifamiliar de hasta 120 m2 construidos.
  • Ampliación de una vivienda unifamiliar, y la sumatoria del área techada no supere los 200 m2.
  • Remodelación de una vivienda unifamiliar sin modificación estructural, ni cambio de uso ni aumento de área techada.
  • Construcción de cercos de las de 20 metros de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen de propiedad exclusiva y de propiedad común.
  • Demolición total de edificaciones menores de tres (3) pisos, sin semisótano ni sótano y no se haga uso de explosivos.
  • Obras de carácter militar de las Fuerzas Armadas y las de carácter policial de la Policía Nacional del Perú.