Regularización de Licencia de Edificación


REQUISITOS GENERALES:

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  1. Formulario Único de Edificaciones – Licencia y Declaratoria de Edificación, por triplicado y debidamente suscritos.
  2. Documento que acredite que cuenta con derecho a edificar.
  3. En caso el administrado sea una persona jurídica, declaración jurada del representante legal; señalando que cuenta con representación vigente, consignando datos de la Partida Registral y el asiento en el que conste inscrita la misma.
  4. Comprobante de pago por el derecho de trámite correspondiente a Regularización de Licencia de Edificación.
  5. Pago de Multa por construir sin Licencia de acuerdo a lo establecido por el artículo 78° inciso j del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2017-VIVIENDA y por el artículo 5° de la Ordenanza N° 364 – MDPP.

DOCUMENTOS TÉCNICOS:

La documentación técnica debe ser presentada por triplicado, originales y debidamente suscrita por los profesionales responsables y el administrado.

  1. Plano de Ubicación y Localización según formato de Ley Nº 29090.
  2. Planos de Arquitectura (Planta, corte y elevaciones).
  3. Memoria Descriptiva
  4. Planos de seguridad y memoria respectiva (para las modalidades C y D o modalidad B siempre que la altura de la edificación sea mayor a 5 pisos).
  5. Declaración jurada (Anexo N° 01 y 02) donde se indique la fecha de ejecución y culminación de la obra.
  6. Carta de seguridad de Obra (Anexo N° 03), debidamente sellada y firmada por un ingeniero civil colegiado.
  7. Declaración jurada del profesional constatador (Anexo N°04), señalando estas hábil para el ejercicio de la profesión.

REQUISITOS ADICIONALES EN CASO DE:


Copia del Documento que acredita la declaratoria de fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido por la Municipalidad; en su defecto, copia del certificado de Conformidad o Finalización de obra, o la Licencia de Obra o de Edificación de la construcción existente que no es materia de regularización.


Cuya declaratoria de fábrica o de edificación se encuentra inscrita en el Registro de Predio, se acredita que sobre el bien no recaigan cargas y/o gravámenes; en su defecto, presentar la autorización del titular de la carga o gravamen.

NOTA:

  • Los planos, formularios y sus anexos, deberán ser visados en todas sus páginas por el administrado y el profesional que interviene, así mismo estos deberán ser presentados por duplicado.
  • Los planos que conforman la documentación técnica, deben ser presentados también en archivo digital.
    • Descripción

      Ver

      Descripción

    • FUE - Formulario Unico de Edificacion

    • Anexo A - Datos personas Naturales

    • Anexo B Datos de personas Juridicas

    • Modelo de Plano de Ubicacion

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    Modalidad D

    • Construcción de edificaciones para fines de industria.
    • Edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto cuenten con más de 30,000 m2 de área techada.
    • Edificaciones para mercados que cuenten con más de 15,000 m2 de área techada.
    • Locales de espectáculos deportivos de más de 20,000 ocupantes.
    • Edificaciones para fines educativos, salud, hospedaje, establecimientos de expendio de combustibles y terminales de transporte.

    Modalidad C

    •  Construcción de edificaciones para fines de vivienda multifamiliar, quinta o condominios, que incluyan vivienda multifamiliar de más, de cinco (05) pisos o de 3,000 m2 de área techada.
    • Edificaciones para fines diferentes de vivienda a excepción de las previstas en la Modalidad D.
    • Edificaciones de uso mixto con vivienda.
    • Las edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto cuenten con un máximo de 30,000 m2 de área techada.
    • Edificaciones para mercados con un máximo de 15,000 m2 de rea techada.
    • Locales para espectáculos deportivos de hasta 20,000 ocupantes.
    • Demoliciones totales de edificaciones con más de cinco (05) pisos, o que requieran uso de explosivos.
    • Todas las demás edificaciones que no se encuentren contempladas en las modalidades A, B y D.

    Modalidad B

    • Construcción de edificaciones para fines de vivienda unifamiliar, multifamiliar, quinta o condominios de vivienda unifamiliar y/o multifamiliar no mayores a cinco (5) pisos y no mayores de 3,000 m2 de área construida.
    • Construcción de cerco, en inmuebles bajo régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad común.
    • Ampliación o remodelación, con modificación estructural, aumento de área techada o cambio de uso (la demolición existente debe contar con licencia de construcción).
    • Demolición total de edificaciones hasta cinco (05) pisos de altura, con semisótanos o sótanos, y que no requiera uso de explosivos.

    Modalidad A

    • Construcción de vivienda unifamiliar de hasta 120 m2 construidos.
    • Ampliación de una vivienda unifamiliar, y la sumatoria del área techada no supere los 200 m2.
    • Remodelación de una vivienda unifamiliar sin modificación estructural, ni cambio de uso ni aumento de área techada.
    • Construcción de cercos de las de 20 metros de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen de propiedad exclusiva y de propiedad común.
    • Demolición total de edificaciones menores de tres (3) pisos, sin semisótano ni sótano y no se haga uso de explosivos.
    • Obras de carácter militar de las Fuerzas Armadas y las de carácter policial de la Policía Nacional del Perú.