Gerencia de
Gestión de
Riesgos de Desastres

Normativas y Reglamentos

Esta sección proporciona acceso a leyes, normas y regulaciones relacionadas con la gestión de riesgos y la seguridad ante desastres. Está diseñada para orientar a los ciudadanos, profesionales de la construcción, y personal de emergencias sobre las regulaciones vigentes para la prevención y actuación en casos de desastre.

Reglamento de Seguridad

Propósito

Facilitar el acceso a las normativas de seguridad que garantizan construcciones y estructuras seguras para reducir el impacto de desastres.

Contenido

  • Guías para Construcción Segura: Instrucciones y especificaciones para construcciones sismo-resistentes, requisitos de materiales, y normas de diseño estructural.
  • Normativas de Edificación: Leyes y reglamentos que deben cumplir las construcciones en zonas de alto riesgo.
  • Descarga de Documentos: Enlaces a documentos descargables en formato PDF, incluyendo los reglamentos completos y guías técnicas.

Protocolos de Actuación

Propósito

Establecer procedimientos claros para las acciones que deben tomarse en situaciones de emergencia, asegurando una respuesta coordinada y eficiente.

Contenido

  • Protocolos para Situaciones de Emergencia: Procedimientos para situaciones específicas, como incendios, inundaciones, terremotos, etc.
  • Responsabilidades de los Equipos de Respuesta: Roles y funciones asignadas a cada equipo y organización de respuesta.
  • Documentación de Protocolos: Acceso a documentos oficiales sobre cómo actuar en emergencias, en formatos descargables.

Actualizaciones Legales

Propósito

Informar a los usuarios sobre cualquier cambio reciente en las leyes o regulaciones de seguridad y gestión de riesgos.

Contenido

  • Últimas Modificaciones en Normativas: Resúmenes de cambios recientes en las leyes, especificando las implicancias para el ciudadano y la administración.
  • Nuevas Normativas en Seguridad y Prevención: Descripción de nuevas regulaciones que puedan afectar la construcción o la planificación urbana en zonas de riesgo.
  • Boletines y Comunicados Oficiales: Publicaciones de boletines o comunicados del gobierno local o nacional sobre nuevas leyes o normativas, en formato de texto y descarga.
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Anexo: 6302

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Nuestro equipo de Bomberos está siempre listo para responder a cualquier emergencia. ¡Estamos aquí para protegerte y salvaguardar lo que más importa!

Sede:

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Nuestro equipo de Serenazgo y Ambulancia está listo para atenderte rápidamente. ¡Estamos aquí para protegerte y ayudarte!

Sede:

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Modalidad D

  • Construcción de edificaciones para fines de industria.
  • Edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto cuenten con más de 30,000 m2 de área techada.
  • Edificaciones para mercados que cuenten con más de 15,000 m2 de área techada.
  • Locales de espectáculos deportivos de más de 20,000 ocupantes.
  • Edificaciones para fines educativos, salud, hospedaje, establecimientos de expendio de combustibles y terminales de transporte.

Modalidad C

  •  Construcción de edificaciones para fines de vivienda multifamiliar, quinta o condominios, que incluyan vivienda multifamiliar de más, de cinco (05) pisos o de 3,000 m2 de área techada.
  • Edificaciones para fines diferentes de vivienda a excepción de las previstas en la Modalidad D.
  • Edificaciones de uso mixto con vivienda.
  • Las edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto cuenten con un máximo de 30,000 m2 de área techada.
  • Edificaciones para mercados con un máximo de 15,000 m2 de rea techada.
  • Locales para espectáculos deportivos de hasta 20,000 ocupantes.
  • Demoliciones totales de edificaciones con más de cinco (05) pisos, o que requieran uso de explosivos.
  • Todas las demás edificaciones que no se encuentren contempladas en las modalidades A, B y D.

Modalidad B

  • Construcción de edificaciones para fines de vivienda unifamiliar, multifamiliar, quinta o condominios de vivienda unifamiliar y/o multifamiliar no mayores a cinco (5) pisos y no mayores de 3,000 m2 de área construida.
  • Construcción de cerco, en inmuebles bajo régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad común.
  • Ampliación o remodelación, con modificación estructural, aumento de área techada o cambio de uso (la demolición existente debe contar con licencia de construcción).
  • Demolición total de edificaciones hasta cinco (05) pisos de altura, con semisótanos o sótanos, y que no requiera uso de explosivos.

Modalidad A

  • Construcción de vivienda unifamiliar de hasta 120 m2 construidos.
  • Ampliación de una vivienda unifamiliar, y la sumatoria del área techada no supere los 200 m2.
  • Remodelación de una vivienda unifamiliar sin modificación estructural, ni cambio de uso ni aumento de área techada.
  • Construcción de cercos de las de 20 metros de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen de propiedad exclusiva y de propiedad común.
  • Demolición total de edificaciones menores de tres (3) pisos, sin semisótano ni sótano y no se haga uso de explosivos.
  • Obras de carácter militar de las Fuerzas Armadas y las de carácter policial de la Policía Nacional del Perú.